Renuncia de herencia en Madrid: no heredes las deudas por error
Heredar no siempre suma. Si las deudas del fallecido superan a los bienes, aceptar la herencia significa responder con tu propio patrimonio.
Analizamos qué hay realmente en la herencia —bienes, deudas, embargos y coste fiscal— y, si los números no salen, tramitamos la renuncia antes de que sea tarde.
¿Por qué renunciar a una herencia en Madrid?
Rechazar una herencia es una decisión drástica, pero a menudo es la correcta. Dos motivos concentran casi todos los casos:
- Las deudas superan a los bienes. Préstamos, embargos o deudas con Hacienda y Seguridad Social. Si aceptas, respondes con tu dinero, no solo con lo heredado.
- El coste fiscal es inasumible. En Madrid la herencia de padres a hijos está bonificada al 99 %, pero heredar de un hermano, un tío o un sobrino tributa muchísimo más. Sumado a la plusvalía municipal, puede costar más de lo que se recibe.
La aceptación tácita: el error que lo arruina todo
Es el fallo más frecuente. No hace falta firmar nada para aceptar una herencia: basta con actuar como dueño de los bienes.
Disponer de los fondos del fallecido, vender o alquilar un bien de la herencia, pagar deudas suyas con dinero de la herencia o reclamar cantidades a su nombre son actos que la ley interpreta como aceptación tácita. Y una vez aceptada, la herencia no se puede repudiar.
La renuncia se hace siempre ante notario y antes de realizar cualquier acto de administración o disposición.
Dato clave: si un acreedor te requiere notarialmente para que decidas (interpellatio in iure, art. 1005 del Código Civil), tienes 30 días naturales. Si dejas pasar el plazo sin contestar, la ley entiende que has aceptado la herencia pura y simplemente. El silencio no te protege: te condena.
Tipos de renuncia: la diferencia te cuesta dinero
Renuncia pura y simple. Rechazas la herencia por completo y sales del reparto. Es la única vía que evita pagar el Impuesto de Sucesiones.
Renuncia a favor de una persona concreta. Fiscalmente no es una renuncia: es aceptar y después donar. Tú tributas por Sucesiones y el beneficiario, además, por Donaciones. Se paga dos veces por lo mismo.
Si lo que quieres es que la herencia acabe en manos de alguien determinado, hay formas de plantearlo sin esa doble tributación. Es exactamente lo que revisamos en el estudio previo.
¿Dudas entre aceptar o renunciar?
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Protegemos tus ahorros y tu vivienda.
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Cómo gestionamos tu renuncia en cuatro pasos
Analizamos el escenario real para que decidas con los números delante, no por intuición.
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Consultamos CIRBE, Registro de la Propiedad, entidades bancarias y cargas para localizar deudas o embargos que nadie había visto.
Análisis de viabilidad
Te presentamos el balance real: bienes frente a deudas más el coste fiscal, Sucesiones y plusvalía municipal incluidas.
Firma ante notario
Si los números no cuadran, redactamos la escritura de repudiación pura y simple y coordinamos la firma en Madrid.
Cierre fiscal
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Preguntas clave sobre la renuncia de herencias
¿Puedo renunciar a una parte de la herencia y aceptar otra?
No. La renuncia, igual que la aceptación, es total, indivisible e incondicional. No puedes quedarte con el piso de Madrid y rechazar la hipoteca que lo grava. O entra todo, o no entra nada.
Si renuncio, ¿la herencia pasa automáticamente a mis hijos?
No de forma automática, y aquí hay un error muy extendido: en la renuncia no existe el derecho de representación. Tu parte acrece a los coherederos de tu mismo grado. Solo si renuncian todos ellos pasaría al grado siguiente, y por derecho propio. Antes de renunciar hay que comprobar dónde acaba la cuota.
¿Puedo renunciar en nombre de mis hijos menores?
No por tu cuenta. Renunciar a una herencia en nombre de un menor exige autorización judicial previa. Es un trámite adicional que conviene prever desde el principio, porque condiciona los plazos de todo el proceso.
¿Hay un plazo límite para renunciar?
El Código Civil no fija un plazo cerrado, pero sí hay dos relojes en marcha: 6 meses desde el fallecimiento para liquidar el Impuesto de Sucesiones, y 30 días naturales si un acreedor te requiere notarialmente. En ese segundo caso, no contestar equivale a aceptar.
¿Qué es la aceptación a beneficio de inventario?
La alternativa cuando no está claro el volumen de deudas. Aceptas la herencia, pero las deudas solo se pagan con el patrimonio del fallecido, nunca con el tuyo. Exige plazos y formalidades estrictas: un fallo de procedimiento convierte la aceptación en pura y simple.
¿Cuánto cuesta renunciar a una herencia?
La escritura notarial de renuncia tiene un coste reducido comparado con el de una aceptación. El estudio patrimonial inicial es gratuito y los honorarios se presentan por escrito antes de iniciar cualquier gestión.
Las deudas no esperan a que te decidas
Antes de mover una cuenta o firmar en la notaría, revisa qué estás aceptando. Estudiamos el caso y te decimos si conviene renunciar.





