GESTIÓN DE HERENCIAS EN MADRID

Declaración de herederos en Madrid: tramitamos tu herencia sin testamento

Si tu familiar ha fallecido sin testamento, gestionamos la documentación notarial y el papeleo en la Comunidad de Madrid para que obtengas tus derechos hereditarios sin bloqueos ni retrasos.

Sin testamento, la herencia no avanza: el banco mantiene bloqueadas las cuentas del fallecido y el inmueble no puede cambiar de titularidad hasta que exista un acta que acredite quiénes son los herederos.

Tramitamos esa acta de declaración de herederos ante notaría de Madrid. Reunimos los certificados, aportamos los testigos y controlamos los plazos fiscales. Tú solo acudes a firmar.

¿Cuándo necesitas tramitar una declaración de herederos en Madrid?

La declaración de herederos abintestato es el trámite obligatorio cuando una persona fallece sin haber otorgado testamento, o cuando el testamento ha sido declarado nulo.

En la Comunidad de Madrid es el paso previo indispensable para aceptar y repartir la herencia. Sin esa acta no hay reparto, no hay cambio de titularidad y no se desbloquean las cuentas.

Dato clave: el acta no es un trámite opcional ni posterior. Es lo primero. Hasta que no existe, ningún banco, notaría o registro reconoce a nadie como heredero, aunque el parentesco sea evidente para la familia.

Quiénes pueden solicitarla y orden de sucesión

Sin testamento, el Código Civil fija un orden estricto de familiares con derecho a heredar:

  • Hijos y descendientes. Tienen prioridad absoluta sobre el resto.
  • Padres y ascendientes. Heredan solo si no existen hijos ni descendientes.
  • Cónyuge viudo. Conserva su derecho de usufructo y hereda en defecto de los anteriores.
  • Hermanos y sobrinos. Entran cuando no hay herederos en línea directa.

Determinar el orden correcto es lo que sostiene el acta. Un error aquí obliga a rehacer el expediente entero. Si además falta localizar a alguno de esos familiares, lo resolvemos con búsqueda de herederos.

Por qué delegar el trámite en nuestros abogados

Reunir certificados en el Registro Civil de Madrid y en el Registro de Últimas Voluntades, coordinar la notaría competente y localizar testigos válidos retrasa meses el proceso cuando se hace por libre.

Nos encargamos de la recolección íntegra de certificados, la búsqueda de testigos y la redacción del acta notarial. Controlamos el plazo de 6 meses para el Impuesto de Sucesiones en la Comunidad de Madrid, que corre desde el fallecimiento y no se detiene mientras el expediente está parado.

Una vez acreditados los herederos, si hay que liquidar los bienes lo continuamos con venta de herencias.

¿Necesitas iniciar tu declaración de herederos?

Revisamos tu caso gratis y te indicamos la viabilidad y los costes exactos del trámite notarial en Madrid.
Por qué nosotros

Notarías de Madrid

Tramitación directa con la notaría competente.

Cero desplazamientos

Conseguimos todos los certificados por ti.

Plazos fiscales

Control estricto del Impuesto de Sucesiones.

NUESTRO MÉTODO

Cuatro pasos para obtener tu acta de herederos en Madrid

Un proceso optimizado para desbloquear la herencia en el menor tiempo posible.

1

Estudio y viabilidad

Analizamos el árbol genealógico y confirmamos la inexistencia de testamento en el Registro General de Actos de Última Voluntad.

2

Recopilación

Obtenemos certificados de defunción, nacimiento y matrimonio en el Registro Civil, además del certificado de seguros.

3

Notaría y testigos

Coordinamos la firma en la notaría de Madrid que corresponda al último domicilio del fallecido y aportamos los dos testigos obligatorios.

4

Resolución

Transcurridos los 20 días hábiles que exige la ley desde el requerimiento, obtenemos el acta de notoriedad que te acredita como heredero.

DUDAS FRECUENTES

Preguntas frecuentes sobre la declaración de herederos sin testamento

¿Cuánto cuesta hacer una declaración de herederos en Madrid?

El coste notarial varía según la complejidad y el número de folios, y suele situarse entre 250 y 400 euros. A eso se suma la obtención de certificados y los honorarios de gestión. Te damos un presupuesto cerrado desde el inicio, sin costes que aparezcan a mitad del trámite.

¿Cuánto tiempo tarda el trámite?

Una vez firmada el acta inicial en la notaría con los testigos, la ley exige esperar 20 días hábiles para poder cerrarla. Contando la recopilación previa de certificados, el proceso completo suele durar entre uno y dos meses.

¿A qué notario de Madrid hay que acudir?

Debe ser notario del lugar donde el fallecido tuvo su último domicilio habitual, del lugar donde esté la mayor parte de su patrimonio o del lugar de fallecimiento, siempre dentro de España. Nosotros identificamos cuál es el competente y coordinamos la firma.

¿Qué pasa si un heredero se niega a colaborar?

El trámite no se bloquea. Cualquier persona con interés legítimo puede iniciar el acta de declaración de herederos: no hace falta la firma de todos los herederos para arrancar este procedimiento concreto.

¿Ha fallecido un familiar sin testamento en Madrid?

Evita bloqueos bancarios y recargos fiscales. Cuéntanos el caso y ponemos el expediente en marcha.