No, testamento y últimas voluntades no son lo mismo, aunque el nombre confunda. El testamento es el documento donde una persona decide en vida qué pasa con sus bienes. El «certificado de últimas voluntades» es un documento oficial que solo se obtiene tras el fallecimiento y que se limita a decir si esa persona hizo testamento y ante qué notario. Uno recoge tu voluntad; el otro sirve para encontrarla. Entender la diferencia evita bloqueos al iniciar cualquier herencia.
Por qué se confunden
La expresión «últimas voluntades» suena a testamento: es, literalmente, la última voluntad de una persona. Pero en la práctica, cuando alguien habla del certificado de últimas voluntades, se refiere a un trámite administrativo posterior a la muerte, no al testamento en sí.
Qué es el testamento
El testamento es el documento en el que una persona expresa, en vida, cómo quiere repartir sus bienes tras su fallecimiento. Es voluntario y revocable: se puede cambiar tantas veces como se quiera, y solo vale el último.
El más habitual es el testamento abierto, que se otorga ante notario y queda bajo su protocolo. También existen el cerrado y el ológrafo (escrito de puño y letra).
Qué es el certificado de últimas voluntades
El certificado de últimas voluntades —oficialmente, Certificado de Actos de Última Voluntad— es un documento que emite el Registro General de Actos de Última Voluntad, del Ministerio de Justicia.
Acredita si el fallecido otorgó testamento y ante qué notario lo hizo. No incluye el contenido: no dice quién hereda ni cómo se reparte. Solo indica si existe testamento y dónde localizarlo. Es imprescindible: sin él, ni notarios ni registros permiten avanzar con la herencia.
Diferencias clave
| Testamento | Certificado de últimas voluntades | |
|---|---|---|
| Qué es | Documento con la voluntad del fallecido | Documento oficial que localiza el testamento |
| Cuándo | Se otorga en vida | Se solicita tras el fallecimiento |
| Quién interviene | La persona, ante notario | El Ministerio de Justicia |
| Qué contiene | El reparto y las disposiciones | Si hay testamento y ante qué notario |
| Para qué sirve | Decidir el destino de los bienes | Iniciar y desbloquear la herencia |
Cómo se relacionan en una herencia
En una sucesión, ambos se encadenan en este orden:
- Certificado de defunción. El punto de partida de todo.
- Certificado de últimas voluntades. Indica si hay testamento y en qué notaría.
- Copia autorizada del testamento. Se pide al notario que lo custodia, y ya se conoce el contenido.
- Si no hay testamento. El certificado sale «negativo» y hay que tramitar una declaración de herederos.
A partir de ahí comienza la tramitación de la herencia: aceptación, impuestos y adjudicación.
Cómo solicitar el certificado de últimas voluntades
Estos son los puntos que hay que tener claros:
- Puede pedirse a partir de 15 días hábiles desde el fallecimiento. No hay plazo máximo.
- Se tramita con el Modelo 790 código 006 y una tasa de unos 3,86 € (importe 2026).
- Hace falta el certificado literal de defunción del Registro Civil.
- Vías: online (sede del Ministerio de Justicia con Cl@ve o certificado digital), presencial o por correo.
- Se expide en unos días hábiles según la vía elegida.
Pedirlo antes de los 15 días hábiles (se rechaza), poner un dato del fallecido incorrecto (sale «negativo» aunque sí hubiera testamento) o usar el certificado de defunción del hospital en lugar del Registro Civil. Cualquiera de los tres obliga a empezar de nuevo.
Te tramitamos el certificado de últimas voluntades
Nos encargamos de la solicitud y de localizar el testamento para que la herencia arranque sin bloqueos.
Preguntas frecuentes
¿Es lo mismo el testamento que las últimas voluntades?
No. El testamento es la voluntad que la persona deja en vida. El certificado de últimas voluntades es un documento oficial posterior al fallecimiento que solo indica si hay testamento y ante qué notario.
¿El certificado de últimas voluntades incluye el contenido del testamento?
No. Solo señala si existe testamento y en qué notaría se otorgó. Para conocer el contenido hay que pedir una copia autorizada al notario que lo custodia.
¿Cuándo puedo pedir el certificado de últimas voluntades?
A partir de 15 días hábiles desde el fallecimiento. Antes, el Registro aún no tiene la información. No existe plazo máximo para solicitarlo.
¿Cuánto cuesta y cuánto tarda?
La tasa del Modelo 790-006 ronda los 3,86 € (importe 2026). El certificado suele expedirse en unos días hábiles, según se solicite online, presencialmente o por correo.
¿Qué pasa si el certificado dice que no hay testamento?
Si sale «negativo», la herencia se rige por la ley. En ese caso hay que tramitar una declaración de herederos para determinar quién hereda.
¿Para qué necesito el certificado si ya sé que hay testamento?
Porque es el documento que notarios y registros exigen para acreditar oficialmente cuál es el último testamento válido y dónde está. Sin él, la herencia no avanza.